Multa por comer huevos de tus propias gallinas
Multas de hasta 3000 euros por comer huevos de tus propias gallinas

Todas aquellas personas que tengan una o más gallinas o otras aves de corral en España están obligadas a registrarlas, independientemente del uso que se les dé.

La multa por no registrarlas irán de los 600 a los 3.000 euros, según la modificación del Real decreto 637/2021 del 27 de julio, que se aprobó el 1 de Enero de 2.024.

Esta terrorífica reforma aprobada por el gobierno, es un jarro de agua fría para el entorno rural, donde es común tener en casa un número reducido de gallinas y otras aves de corral que les permita tener huevos frescos de calidad.

El registro, sin embargo, puede variar según la comunidad autónoma.

No valdrá cualquier terreno para mantener a las gallinas, sino que esta “debe ser adecuado para permitir el correcto desempeño de la actividad ganadera”.

Para el cuidado de los animales, es necesario designar un veterinario, que sera el responsable de asesorar e informar a los propietarios de sus obligaciones en materia de bioseguridad, higiene, bienestar y sanidad animal. Él mismo establecerá un plan de visitas zoosanitarias, en función del nivel de riesgo del establecimiento.

El titular deberá informar el veterinario de cualquier enfermedad listada o emergente, del aumento de mortalidad anormal, de otros indicios de enfermedades graves y de vigilar la salud y el comportamiento de los animales.

Estarán prohibidas todas las intervenciones quirúrgicas que no sean por motivos terapéuticos o de diagnóstico, en el caso de realizarse deberán registrarse la fecha, el nombre del veterinario y su DNI o NIE.

Dentro de las intervenciones autorizadas se encuentran el “recorte de pico de las aves” que se permitirá “una vez agotadas las demás medidas destinadas a evitar el picoteo de las plumas y el canibalismo”, o la “castración de los pollos”, siempre que la realice personal formado y bajo la supervisión del veterinario de explotación.

En el caso de incumplimiento de las normas de este Real Decreto, se le aplicarían las sanciones contenidas en las leyes:

1º.- Ley 8/2003 de 24 de abril, de sanidad anima.

2º.- Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.

3º.- Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.

Si sigues teniendo dudas una vez hayas tomado precauciones, puedes utilizar otros instrumentos para tener más garantías de que estás cumpliendo la ley, como contratarnos un seguro de defensa jurídica familiar y recibir asesoramiento sobre la situación de tus gallinas y las posibles multas en caso de no cumplir los requerimientos.

Tendrás a tu disposición un profesional jurídico que velará por vuestros intereses familiares y mediará por vosotros.

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Fuentes:

Infobae.es